馃悕 Recurso De Reforma Contra Providencia

Antelas demandas de amparo, el TC puede adoptar alguna de las siguientes decisiones: 1潞 .-. Admitirla y seguir el tr谩mite previsto en el arto 51 de la LOTC. 2潞.-. Apreciar defecto subsanable, haciendo aplicaci贸n de lo establecido en el art. 85.2, con las secuelas que determina el art.50.5 caso de no ser atendido el requerimiento del Tribunal. PROC ABREVIADO. RECURSO DE REFORMA (Modelo 1) Versi贸n para imprimir. AL JUZGADO DE INSTRUCCI脫N N潞 () DE () Don (), Procurador de los Tribunales y de Don (), representaci贸n que queda acreditada en Diligencias Previas n煤mero () instruidas por el Juzgado de Instrucci贸n al que me dirijo, como mejor proceda en derecho, DIGO: Elrecurso de reforma va a poder interponerse frente a todos y cada uno de los autos del Magistrada de instrucci贸n. El de apelaci贸n podr谩 interponerse solamente en los casos algunos en la Ley, y se aceptar谩 en los dos efectos tan solo en cuanto exactamente la misma lo disponga expresamente. Setrata de un recurso devolutivo y extraordinario, que procede contra las resoluciones que se determinan en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicci贸n social y por los motivos que en ella se establecen, de naturaleza cuasi-casacional (Sentencia Tribunal Constitucional, n潞 194/1993, de 14/06/1993, Rec. 4 En consecuencia, aceptar que pueda dictarse una providencia de apremio en un momento en que a煤n se mantiene intacto para la Administraci贸n el deber de resolver expresamente, el cual no cesa por el mero hecho de la pendencia de recursos contra los actos presuntos -y, por ende, eventualmente, con la posibilidad, no muy 2潞 Restablecerla en su derecho y, a este fin, declarar la nulidad del auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucci贸n n煤m. 1 de Alcal谩 la Real el 16 de diciembre de 2019, en las diligencias previas n煤m. 157-2009, por el que se desestima el recurso de reforma interpuesto contra la providencia de 28 de octubre de 2019, y del Deah铆 que la providencia exprese que no cabe una reposici贸n que, por esa raz贸n, inadmite; y a帽ada que contra tal decisi贸n no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 448 de la LEC que permite recurrir, s贸lo cuando el recurso est茅 previsto en la Ley, pero no cuando la Ley no lo prevea. Tecontamos qu茅 es y para qu茅 sirve el recurso de s煤plica, un recurso que pretende la reconsideraci贸n de una resoluci贸n del mismo 贸rgano que la dict贸. Recursoscontra providencias y autos en el orden contencioso-administrativo. El r茅gimen de recursos contra providencias y autos en el orden contencioso-administrativo se encuentra regulado en la secci贸n 1.陋, cap铆tulo III, t铆tulo IV, art铆culos 79 y 80 de la Ley 29/1998, de 13 . Puededefinirse el recurso de reposici贸n como un recurso no devolutivo, ni suspensivo cuyo conocimiento se atribuye al mismo tribunal que dict贸 la resoluci贸n que se impugna, y que procede solo contra resoluciones interlocutorias en forma de providencias y autos no definitivos, que son aquellas por medio de las que, aplicando normas 0twK6uK.

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